Recargo a los pisos turísticos: tu comunidad puede cobrarles hasta un 20% más
Tu comunidad puede aprobar un recargo de hasta el 20% en los gastos comunes de un piso de uso turístico (art. 17.12 LPH), con mayoría de 3/5. En Cataluña, hasta el doble. Cómo aprobarlo paso a paso.
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