La Consulta sobre Democracia en Comunidades de Propietarios es un estudio realizado por Supervecina en octubre de 2020 a más de 2.000 propietarios/as de vivienda en España. Ante la crisis provocada por la COVID-19 y las restricciones para celebrar juntas presenciales, quisimos conocer de primera mano la opinión de quienes conviven a diario con las limitaciones de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
España se enfrenta a retos enormes en materia de vivienda: rehabilitación energética, accesibilidad, digitalización de la gestión comunitaria y la canalización de los fondos europeos de recuperación (más de 140.000 millones de euros). Sin embargo, el modelo de toma de decisiones en las comunidades de propietarios sigue anclado en un sistema presencial diseñado hace décadas. Esta consulta demuestra que los propietarios demandan un cambio profundo.
Actualización 2025: La aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 de reforma de la LPH ha puesto de nuevo sobre la mesa muchas de las cuestiones que los encuestados ya señalaban en 2020. Los datos de esta consulta cobran hoy, si cabe, aún más relevancia como radiografía de lo que piensan los propietarios sobre la democracia en sus comunidades.
Si quieres descubrir cómo funciona el voto online en juntas de vecinos, visita vota.supervecina.com. A continuación, te presentamos los resultados completos pregunta a pregunta.
El 74% de los propietarios quiere participar y votar online en las juntas
Casi tres de cada cuatro encuestados se muestran a favor o muy a favor de poder votar online en las juntas de su comunidad. Solo un 11,6% se posiciona en contra. Este dato revela una demanda clara y mayoritaria de digitalización que, cinco años después, la reforma de la LPH de 2025 empieza a abordar. La participación telemática ya no es una opción futurista: es una necesidad expresada por los propietarios.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Muy a favor | 630 | 36,02% |
| A favor | 668 | 38,19% |
| Neutral | 225 | 12,86% |
| Algo en contra | 113 | 6,46% |
| Muy en contra | 90 | 5,15% |
| Sin respuesta | 23 | 1,32% |
El 77% cree que las decisiones de su comunidad son mejorables
Solo uno de cada cinco propietarios considera que las decisiones tomadas en su comunidad son acertadas. La inmensa mayoría (un 71% entre «bastante mejorables» y «algo mejorables») percibe que el proceso de toma de decisiones no funciona correctamente. Estos datos apuntan a un problema estructural: cuando la participación es baja y los canales de comunicación son deficientes, la calidad de las decisiones se resiente.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Inadecuadas | 131 | 6,28% |
| Bastante mejorables | 766 | 36,70% |
| Algo mejorables | 716 | 34,31% |
| Acertadas | 406 | 19,45% |
| Sin respuesta | 68 | 3,26% |
En 6 de cada 10 comunidades asiste menos de la mitad de los propietarios a las juntas
La participación presencial en las juntas es alarmantemente baja. Un 60% de los encuestados afirma que menos de la mitad de los propietarios acude a las reuniones, y uno de cada cuatro indica que la asistencia no llega ni al 30%. Solo en un 11% de los casos se supera el 70% de asistencia. Estos datos confirman que el modelo exclusivamente presencial genera un deficit democrático en la mayoría de comunidades españolas.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Más del 70% | 219 | 10,94% |
| Más del 50% y menos del 70% | 503 | 25,12% |
| Menos del 50% y más del 30% | 688 | 34,37% |
| Menos del 30% | 513 | 25,62% |
| Sin respuesta | 79 | 3,95% |
El 58% afirma que la baja participación aumenta los desacuerdos entre vecinos
Casi seis de cada diez propietarios reconocen que la escasa asistencia a las juntas es fuente directa de conflictos vecinales. Cuando las decisiones las toma una minoría, el resto de propietarios tiende a cuestionar los acuerdos, generando tensiones que podrían evitarse con una participación más amplia e inclusiva. Solo un 15% no percibe esta relación entre baja participación y conflictividad.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Estoy de acuerdo | 1.105 | 58,04% |
| No estoy de acuerdo | 291 | 15,28% |
| No estoy seguro/a | 456 | 23,95% |
| Sin respuesta | 52 | 2,73% |
Desinformación y falta de comunidad: las principales consecuencias de la baja participación
Preguntados por los efectos concretos de la baja participación (con posibilidad de marcar varias opciones), casi el 69% señala que genera comunidades más desinformadas y el 66% que reduce el sentimiento de comunidad. La falta de transparencia en la gestión preocupa a la mitad de los encuestados. Además, casi un tercio percibe que la baja participación lleva a contratar presupuestos de inferior calidad o más caros.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Comunidades más desinformadas | 1.245 | 68,78% |
| Menor «sentimiento de comunidad» | 1.203 | 66,46% |
| Menor transparencia en la gestión | 901 | 49,78% |
| Contratar presupuestos de inferior calidad | 527 | 29,12% |
| Contratar presupuestos más caros | 446 | 24,64% |
| Ninguna de las anteriores | 108 | 5,97% |
El 64% cree que el voto online aumentaría la participación en las juntas
Casi dos tercios de los encuestados están convencidos de que, si se permitiera participar y votar online además de presencialmente, la participación total en las juntas aumentaría. Solo un escaso 3,9% piensa que tendría el efecto contrario. La conclusión es rotunda: los propietarios ven en la digitalización una solución, no un problema, para la gobernanza de sus comunidades.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Aumentaría la participación total | 1.142 | 64,19% |
| Disminuiría la participación total | 69 | 3,88% |
| No sé | 537 | 30,19% |
| Sin respuesta | 31 | 1,74% |
El 76% de los propietarios probaría un sistema de delegación de voto online
Tres de cada cuatro propietarios muestran interés en un sistema que les permita delegar su voto de forma telemática. Este dato es especialmente revelador: incluso quienes no pueden o no quieren asistir presencialmente desean que su voz cuente. La delegación de voto online podría ser la llave para alcanzar mayorías más representativas y reducir los conflictos derivados de decisiones tomadas por una minoría.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Sí | 1.290 | 75,75% |
| No | 377 | 22,14% |
| Sin respuesta | 36 | 2,11% |
¿Deberían funcionar las comunidades como empresas? La mitad no lo tiene claro
Casi la mitad de los propietarios (49,4%) no tiene claro si las comunidades deberían transformarse en entidades con una estructura empresarial. Un 36% considera que el modelo actual es correcto y solo un 12,6% apuesta decididamente por el formato empresarial. Este resultado sugiere que, más que un cambio radical de modelo, los propietarios buscan mejoras dentro del sistema existente: más transparencia, más participación y mejor gestión.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Está bien como están | 526 | 35,95% |
| Deberían funcionar como empresas | 185 | 12,65% |
| No lo tengo claro | 723 | 49,42% |
| Sin respuesta | 29 | 1,98% |
El 59% delegaría funciones en un consejo de vecinos, pero depende de cuáles
La idea de crear un consejo de vecinos que asuma determinadas funciones de gestión genera un interés condicionado: casi seis de cada diez propietarios delegarían, pero solo si se acotan claramente las funciones. Un 17,6% lo haría sin reservas. El resultado indica que los propietarios valoran la gobernanza participativa, pero quieren mantener el control sobre las decisiones más importantes de su comunidad.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Sí | 253 | 17,62% |
| Depende de las funciones | 854 | 59,47% |
| No | 266 | 18,52% |
| No sé | 47 | 3,27% |
| Sin respuesta | 16 | 1,11% |
El 59% de las comunidades solo celebra una junta al año
La mayoría de comunidades de propietarios en España se reúne una sola vez al año. Solo un 25% celebra dos juntas y apenas un 13% tiene tres o más. Esta baja frecuencia de reuniones, combinada con la escasa asistencia presencial, dibuja un panorama en el que las decisiones se concentran en pocas horas y pocos vecinos, lo que dificulta una gestión democrática y eficaz.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Una | 841 | 58,89% |
| Dos | 361 | 25,28% |
| Tres | 107 | 7,49% |
| Cuatro | 47 | 3,29% |
| Más de cuatro | 31 | 2,17% |
| Sin respuesta | 41 | 2,87% |
El 80% quiere más información antes de las juntas de vecinos
Ocho de cada diez propietarios desean recibir más información previa a las juntas. Este dato, uno de los más contundentes de toda la consulta, pone de manifiesto que muchos vecinos llegan a las reuniones sin conocer los temas en profundidad, lo que dificulta una deliberación informada y contribuye a decisiones precipitadas. Herramientas digitales de comunicación previa podrían transformar la calidad del debate.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Sí | 956 | 80,07% |
| No | 121 | 10,13% |
| No estoy seguro/a | 97 | 8,12% |
| Sin respuesta | 20 | 1,68% |
¿Cuántas viviendas tiene tu comunidad? Perfil de los encuestados
La muestra de la consulta refleja la diversidad del parque de viviendas español. El grupo más representado es el de comunidades de entre 10 y 25 viviendas (34,3%), seguido por las de 26 a 50 (23,2%). Tanto las comunidades pequeñas (menos de 10 viviendas, 12,9%) como las grandes (más de 100, 11,7%) están bien representadas, lo que otorga validez a los resultados para distintos tipos de comunidad.
| Opción | Respuestas | Porcentaje |
|---|---|---|
| Menos de 10 | 176 | 12,88% |
| Entre 10 y 25 | 468 | 34,26% |
| Entre 26 y 50 | 317 | 23,21% |
| Entre 51 y 100 | 229 | 16,76% |
| Más de 100 | 160 | 11,71% |
| Sin respuesta | 16 | 1,17% |
¿Son legales las juntas de propietarios por videoconferencia en España?
Los datos de esta consulta demuestran una demanda abrumadora de participación digital. Pero ¿es legal celebrar juntas por videoconferencia? La respuesta depende de dónde se encuentre tu comunidad y de cómo se adopte el acuerdo. A día de hoy, conviven tres regímenes jurídicos distintos:
El régimen transitorio de la pandemia: ya no está vigente
Durante la crisis sanitaria, el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo (artículos 2 y 3) habilitó de forma transitoria la celebración de juntas por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple, incluso si los estatutos no lo preveían. Sin embargo, estas medidas extraordinarias finalizaron el 31 de diciembre de 2021. Desde esa fecha, el régimen general de la LPH volvió a aplicarse en toda su extensión.
Así lo han confirmado los tribunales: la Audiencia Provincial de Granada (octubre de 2024) anuló los acuerdos de una junta celebrada íntegramente por videoconferencia, señalando que el RDL 8/2021 solo permitía reuniones telemáticas para acuerdos urgentes, no para asuntos ordinarios como la aprobación de cuentas o el nombramiento de cargos. La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 8928/2025 ratificó que las medidas extraordinarias ya no están en vigor.
Resto de España (régimen LPH): limbo legal con una solución práctica
La Ley de Propiedad Horizontal (art. 15) exige «asistencia personal o por representación» a las juntas, sin contemplar expresamente la vía telemática. Esto significa que, fuera de Cataluña, la celebración de juntas por videoconferencia no tiene cobertura legal expresa y los acuerdos adoptados pueden ser impugnados por defecto de forma (art. 18 LPH).
No obstante, existe una vía jurídicamente robusta: la unanimidad. Si la totalidad de los propietarios acuerda en junta — por unanimidad — la celebración de futuras juntas por videoconferencia, este acuerdo es válido y vinculante por varias razones:
- Autonomía de la voluntad: los propietarios pueden autorregularse en todo lo que no contravenga la ley, la moral o el orden público.
- Doctrina de los actos propios: un propietario que votó a favor del acuerdo unánime no puede impugnar posteriormente las juntas celebradas bajo ese amparo.
- Eficacia «inter partes»: el acuerdo vincula a todos los firmantes, otorgando plena validez a los acuerdos adoptados en las juntas telemáticas.
- Requisito esencial: el secretario o administrador debe verificar la identidad de todos los asistentes remotos antes de iniciar la sesión y dejar constancia en el acta.
Otra opción es modificar los estatutos de la comunidad para incluir expresamente la posibilidad de asistencia telemática. Esta modificación requiere unanimidad (art. 17.6 LPH), pero una vez inscrita en el Registro de la Propiedad, otorga máxima seguridad jurídica.
Cataluña: regulación permanente desde 2015
Cataluña dispone de una regulación mucho más avanzada a través del Código Civil de Cataluña (CCCat):
- Art. 312-5.2 CCCat: permite la celebración de reuniones por videoconferencia u otros medios telemáticos, siempre que se garantice la identificación de los asistentes, la continuidad de la comunicación y el ejercicio del derecho de voto.
- Art. 553-21 CCCat: los estatutos pueden prever la asistencia por videoconferencia a las juntas de propietarios.
- Art. 312-7 CCCat: permite adoptar acuerdos sin reunión física mediante emisión de voto por comunicación telemática.
Este marco convierte a Cataluña en un referente de gobernanza digital comunitaria dentro de España.
Reforma legislativa en tramitación: la LPH podría permitir pronto las juntas telemáticas
Existe una proposición de ley, aprobada por unanimidad en el Senado (publicada en el BOCG el 21 de febrero de 2025), que reformaría la LPH para permitir de forma permanente la asistencia a juntas por videoconferencia. La reforma prevé:
- Modificación del art. 15.1 LPH para reconocer expresamente la participación telemática con garantías de identificación.
- Posibilidad de designar un correo electrónico para notificaciones (modificación del art. 9.1.h LPH).
- Introducción del libro de actas digital.
La proposición está pendiente de aprobación en el Congreso de los Diputados. Cuando se publique en el BOE, las comunidades sujetas a la LPH podrán celebrar juntas mixtas (presenciales + telemáticas) con plena seguridad jurídica, sin necesidad de unanimidad ni reforma estatutaria.
Hasta que esa reforma llegue, la delegación de voto online a través de herramientas como vota.supervecina.com ofrece una alternativa legal y segura para que los propietarios que no puedan asistir presencialmente hagan oír su voz.
Conclusiones clave de la consulta
Tras analizar las respuestas de más de 2.000 propietarios, los datos dibujan un mensaje inequívoco: las comunidades de propietarios en España necesitan una profunda modernización democrática. Estos son los hallazgos más relevantes:
- El 74% quiere votar online en las juntas de su comunidad (36% muy a favor + 38% a favor). Solo un 11,6% se opone.
- En el 60% de las comunidades, menos de la mitad de los propietarios asiste a las juntas presenciales, lo que cuestiona la legitimidad de muchas decisiones.
- El 80% de los propietarios pide más información previa a las juntas para poder tomar decisiones informadas.
- El 76% probaría la delegación de voto online, una herramienta que permitiría a los ausentes participar activamente en la toma de decisiones.
- El 58% vincula la baja participación con un aumento de los conflictos entre vecinos, y casi el 69% señala que provoca comunidades más desinformadas.
¿Quieres mejorar la participación en tu comunidad?
En Supervecina trabajamos para que cada propietario pueda ejercer su derecho a participar en las decisiones de su comunidad, independientemente de si puede asistir físicamente a la junta. Nuestras herramientas ya están ayudando a miles de comunidades en toda España.
- Voto online en juntas de vecinos: Descubre cómo funciona en vota.supervecina.com y en nuestra página sobre voto online.
- Calculadora de ahorro comunitario: Comprueba cuánto puede ahorrar tu comunidad en calculadora.supervecina.com.
- Aprende más sobre tu comunidad: Lee nuestra guía completa sobre cómo funciona tu comunidad de vecinos: estructura, roles y objetivos.
Si los datos de esta consulta reflejan la realidad de tu comunidad — baja participación, falta de transparencia o decisiones que no representan a la mayoría — quizá sea el momento de plantearse un cambio en la administración. En Supervecina te acompañamos en todo el proceso, sin coste de transición y con una gestión 100% online que mejora la participación y la comunicación vecinal.
Metodología y ficha técnica
Estudio: Consulta sobre Democracia en Comunidades de Propietarios.
Realizado por: Supervecina.
Fecha de campo: Octubre de 2020.
Muestra: Más de 2.000 propietarios/as de vivienda en España.
Método: Encuesta online autoadministrada distribuida a través de los canales propios de Supervecina.
Nota: Las muestras varían entre preguntas porque la encuesta permitía respuestas parciales. El tamaño de muestra (n) se indica en la cabecera de cada tabla.
Autoría: Equipo de Supervecina.
Preguntas frecuentes sobre la participación en comunidades de propietarios
¿Es legal votar online en una junta de propietarios en España?
La Ley de Propiedad Horizontal ha ido evolucionando para dar cabida a la participación telemática. Con la reforma de la LPH de 2025 (Ley Orgánica 1/2025), se han ampliado las posibilidades de participación a distancia en las juntas de propietarios. Sin embargo, los requisitos concretos dependen de los estatutos de cada comunidad y del tipo de acuerdos a adoptar. En nuestra guía sobre voto online te explicamos todos los detalles.
¿Cuántos propietarios necesitan asistir para que una junta sea válida?
En primera convocatoria, la junta requiere la asistencia de propietarios que representen la mayoría de cuotas de participación. En segunda convocatoria (normalmente 30 minutos después), la junta se celebra con los asistentes que haya, independientemente de su número. Este sistema provoca que muchas decisiones se tomen en segunda convocatoria con muy pocos vecinos presentes, como refleja nuestra consulta: en el 60% de las comunidades asiste menos de la mitad.
¿Qué es la delegación de voto en una comunidad de propietarios?
La delegación de voto permite a un propietario que no puede asistir a la junta autorizar a otra persona (otro propietario, un familiar, o el propio administrador) para que vote en su nombre. La LPH contempla esta posibilidad, y herramientas como Supervecina permiten gestionarla de forma digital, garantizando la trazabilidad y seguridad del proceso. El 76% de los encuestados en nuestra consulta se mostró interesado en este sistema.
¿Cómo puedo mejorar la participación en mi comunidad de vecinos?
Los datos de nuestra consulta apuntan a tres vías complementarias: facilitar la participación telemática (el 64% cree que aumentaría la asistencia), proporcionar información previa a las juntas (lo demanda el 80%) y ofrecer sistemas de delegación de voto online (el 76% lo usaría). Puedes empezar hoy visitando vota.supervecina.com para conocer las opciones disponibles para tu comunidad.
¿Qué dice la reforma de la LPH de 2025 sobre la participación digital?
La Ley Orgánica 1/2025 de reforma de la Ley de Propiedad Horizontal introduce avances significativos en materia de participación digital en las comunidades de propietarios. La reforma reconoce la validez de las comunicaciones electrónicas entre la comunidad y los propietarios, y facilita la celebración de juntas con asistencia telemática. Estos cambios legislativos recogen, en gran medida, las demandas que los propietarios ya expresaban en nuestra consulta de 2020.
